sábado, 5 de junio de 2010

Ausencia (poema)


AUSENCIA

Apenas te he dejado,vas en mí, cristalina o temblorosa,o inquieta, herida por mí mismo colmada de amor, como cuando tus ojos se cierran sobre el don de la vida que sin cesar te entrego.

Amor mío nos hemos encontrado sedientos y nos hemos bebido toda el agua y la sangre, nos encontramos con hambre y nos mordimos como el fuego muerde, dejándonos heridas.

Pero espérame,guárdame tu dulzura.Yo te daré también una rosa.

Autor: Pablo Neruda

viernes, 4 de junio de 2010

DELITOS INFORMATICOS

DELITOS INFORMATICOS EN COLOMBIA


Delitos informáticos" son todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio Informático.

Código Penal Colombiano expedido con la Ley 599 de 2000, no hace referencia expresa a los delitos informáticos como tales; no obstante, en varias de sus normas recoge conductas que podrían entenderse incorporadas al concepto que la doctrina ha elaborado a este respecto.

El profesor Francisco Bueno Aruz, citando al profesor Davara, define el delito informático como:

"la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, sea llevada a cabo utilizando un elemento informático o vulnerando los derechos del titular de un elemento informático, ya sea hardware o software". (...)

CARACTERÍSTICAS DEL DELITO:

- Son conductas criminales de cuello blanco, en tanto que sólo un determinado número de personas con ciertos conocimientos puede llegar a cometerlas.

- Son acciones de oportunidad, ya que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.

-El delincuente informático posee ciertas características que los diferencia del imputable ordinario, entre otros se podrían decir éstos:
*Poseen importantes conocimientos de informática
*Ocupan lugares estratégicos en su trabajo, en los cuales se maneja información de carácter sensible (se los ha denominado delitos ocupacionales ya que se cometen por ocupación que se tiene y el acceso al sistema)
*Se tiene que considerar que son personas diferentes, porque no es lo mismo el joven que entra a un sistema informático por curiosidad, por investigar o con la motivación de violar el sistema de seguridad como desafío personal, que el empleado de una institución financiera que desvía fondos de las cuentas de sus clientes.
*Son personas inteligentes, motivadas y dispuestas a aceptar el desafío tecnológico.
*Poseen el síndrome de Robin Hood, porque consideran que hacen justicia al defraudar las grandes organizaciones financieras y por ello no consideran inmoral sus actos delictuales, pues creen que no les han hecho daño a las personas. Obtienen cierta simpatía de la opinión pública.

LEY QUE AMPARA EL FRAUDE

El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.

Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.

SMISHING

En una nueva modalidad de estafa, los delincuentes envían mensajes de texto en los que le ofrecen a las víctimas, grandes premios, como vehículos cero kilómetros, tarjetas débito con 15 o 20 millones de pesos, para consumo inmediato por parte del afortunado "GANADOR DEL PREMIO" , quien creyendo que en realidad ha sido objeto de un premio por parte de su empresa de telefonía celular, su entidad bancaria o un almacén de cadena o de grandes superficies, accede a la pretensión del criminal que le solicita adquirir PINes de recarga para teléfonos celulares por valores que oscilan entre cien (100) mil pesos y un millón quinientos (1.500.000) mil pesos. Cuando la víctima ha dictado o suministrado a través de su teléfono, los números o códigos de recarga, el delincuente le cuelga el teléfono y se configura la estafa al no ser contactado nunca más el estafador.

En otra variante invitan a las personas víctimas a enviar un mensaje de texto con el valor que oscila entre cien mil pesos (100) a quinientos mil pesos (500), a un determinado código que el delincuente tiene en su poder, con ello le cobran a la víctima en su factura mensual esta recarga que obviamente NUNCA será retribuida con los supuestos premios ofrecidos.

jueves, 20 de mayo de 2010

Importancia De Los Principios Del Cooperativismo




IMPORTANCIA DE LOS PRINCIPIOS DEL COOPERATIVISMO



Es indudable que hoy en día la economía es un vínculo mundial, además de ser el motor en cada país, pues esta transforma y lidera todas las relaciones del mismo; Es por ello que se han liderado varios sistemas económicos, entre ellos la economía solidaria que tuvo surgimiento a partir del pensamiento del padre del cooperativismo Robert Owen y los Pioneros de Roosvelt, transcendentales para la creación y acogida de éste.

Aunque en el sector de la economía solidaria, es claro, el poco auge que esta tiene a nivel del país como igualmente en el Departamento del Tolima, es muy reducido el índice de cooperativas conformadas y registradas; es por esto que es ambiguo saber que la economía solidaria es un movimiento filosófico inspirado en la solidaridad y ayuda mutua que guiado por unos principios que la rigen, regulan las relaciones entre las cooperativas y asociados, puesto que los directivos de las mismas se han encargado de cambiarle la finalidad de este movimiento y adaptarlo para sus propios intereses, pues es indiscutible, que cuando la cooperativa pierde, pierden todos, es decir, esta y sus asociados, pero, cuando esta gana no ganan los asociados sino simplemente la cooperativa y claro esta sus “directivos”.

Evidentemente se debe cambiar esta situación, pues el cooperativismo y la economía solidaria son movimientos que realmente fueron inspirados para el desarrollo y progreso de todos sus asociados, es por ello que se debe cualificar las personas en economía solidaria, con ello se quiere significar que se debe impartir valores tanto para las cooperativas como para sus asociados tales como lo son la ayuda mutua, democracia, igualdad, equidad, solidaridad, la honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás, ya que todo radica en que la educación es la que transforma la cultura, necesaria para el cambio de la economía tolimense.

Teniendo en cuenta lo mencionado, se debe satisfacerse a cabalidad con los principios que rigen el cooperativismo para ejercer la economía solidaria tal como sus creadores y pilares lo establecieron, los cuales son:

Membresía abierta y voluntaria: el llamado principio de la puerta abierta, en la que establece que somos libres de asociarnos sin discriminación alguna, igualmente somos libres de retirarnos en el momento que lo consideremos, pues en sí una cooperativa debe generar es una expectativa de productividad, que preste servicios que satisfagan nuestras necesidades.

Control Democrático de los Miembros: De acuerdo al aporte como asociado así mismo será su voto, ya sea una persona natural o una persona jurídica.

Participación Económica de los Miembros: Los dineros aportados deben ser capitalizados o invertidos para la misma utilización de los asociados, pero los excedentes que se generen, es la cooperativa quien decide como distribuirlos o mejor aún como administrarlos.

Autonomía e Independencia: Las cooperativas son organismos autónomos de ayuda mutua que deben regirse bajo la normatividad como lo son la ley 1089 que rige en cuanto cooperativas y la ley 454 rige en cuanto economía solidaria.

Educación, Entrenamiento e Información: Es mucho el desconocimiento en cuanto este principio, pues realmente acerca de la economía solidaria y cooperativismo es mínima la capacitación, a los estudiantes y en general les faltan lectura acerca de estos temas.

Igualmente la información inclusive entre los asociados es reducida, no se les informa por ejemplo para que asistan a X reunión. También se desconoce que en el cooperativismo no hay políticas si no gestión. En resumidas cuentas es mucho lo que se debe trabajar en cuanto este principio.

Cooperación entre cooperativismo: Se ha perdido, pues lo que reina es el egoísmo y la defensa de sus propios intereses. La cooperativa requiere es de la unión e integración de sus asociados, de que realmente exista una participación cooperativa.

Compromiso con la comunidad: No solo se buscar el crecimiento individual sino también que sea un crecimiento productivo en conjunto, es decir, de todos, tanto para sus asociados como para la comunidad en general.

La economía solidaria y el cooperativismo como movimiento concibe pensamientos en pro de la sociedad, si se llevaran acabo o se aplicaran con rectitud con vocación en la ayuda mutua serian grandes los cambios económicos y sociales que se lograrían.

Expositor: Jairo Hernández Sánchez